Michael Geist publica en su blog una reciente resolución del Tribunal Supremo de Canadá que, en pocas palabras, dice que quien enlaza a un contenido difamatorio, no está difamando. Obedece a la naturaleza del hiperenlace, que el tribunal canadiense concluye que no es “una publicación por sí misma”. Añade que un enlace no es otra cosa que una “referencia”. Esta argumentación es muy similar a las que se han visto en sentencias españolas. Obviamente, la similitud con enlazar a una obra protegida por copyright está implícita. Geist advierte de ello y recuerda que, el Tribunal, no entra en este caso a determinar esta cuestión. Pero las observaciones y la mirada a nuestro entorno son automáticas: nuestra ministra dice que ya tiene listo su reglamento para cerrar páginas con enlaces antes de las elecciones (¿de verdad tendrán valor para que esto les entre en campaña?). Será interesante comprobar si alguien se plantea cerrar páginas como Poemas de, que encima tiene hasta anuncios de Google Ads y que va más allá: no enlaza sino que reproduce directamente las obras de poetas vivos y muertos con plenitud de derechos. Ahí tienen uno de Gamoneda. Pero es que nadie ha ganado dinero con la poesía así como así, me temo, y ningún autor va a ver como su incentivo para crear se ve disminuido por este dominio público de facto. Lo que nos lleva a inquietantes preguntas sobre lo que es la cultura. Hace falta más debate y, sobre todo, un debate mejor.