Andy Ramos me advertía hace pocos días de la inminencia de una sentencia que haría sonreír a Google (por tanto, a YouTube) y elevar las cejas de otros. Hoy, por fin, Andy comenta en su blog esta sentencia que califica de histórica al aceptar el juez la doctrina del fair use que, advierte Andy, es completamente ajena al derecho español.
Las apuesta es que los perdedores apelarán esta sentencia al Tribunal Supremo apoyándose seguramente en esta cuestión. Mi impresión es que esto refuerza dos ideas que vengo comentando con regularidad: a) que las demandas no son o no deben ser objeto de ira o desprecio de quienes las ponen, pues no sólo están en su derecho sino que nos permiten conocer qué es lo que las leyes verdaderemente permiten y b) que la legislación está siendo superada por la sociedad de forma que requiere una revisión.
Lo que en el ámbito anglosajón es la doctrina del fair use debería guiar nuestra interpretación del alcance de la protección de los derechos de propiedad intelectual, que en ningún caso pueden configurarse como derechos absolutos, y sus límites.