Varela vs Tourné (la red vs federaciones de nombre engañoso)
Atentos a lo de labor educativa. Eso me recuerda a los campos de reeducación de tristes gobiernos totalitarios.
¿Es partidario de cortar la conexión a los usuarios que reincidan en las descargas?
JMT: Siempre tras la labor educativa de los avisos y para los casos más graves. Existen medidas tecnológicas que con respecto al cine y videojuegos pueden resultar suficientes. No hay que criminalizar al usuario, sino convencerle del beneficio que para la sociedad tiene la propiedad intelectual.
JV:Las comunicaciones son inviolables. Es un derecho fundamental, superior a los derechos morales y económicos de los autores. Necesitamos nuevos modelos de relación entre autores y público, y ampliar el acceso a los contenidos digitales, especialmente si se han financiado con dinero público.
¿Un contenido descargado equivale a uno no vendido?
JMT:En el caso del cine y de los videojuegos, estimamos que se vendería o alquilaría una entrada o un DVD por cada cinco descargas.
JV: Quienes descargan obras en internet también las pagan y compran en otros soportes. La relación directa es una falacia. El problema del negocio del entretenimiento es la sustitución de una economía de la escasez por una de la abundancia donde los contenidos han perdido valor de mercado y, sobre todo, subjetivo, principalmente por la saturación impulsada por la propia industria.
¿El proveedor debe controlar las descargas?
JMT: El prestador de servicios debe colaborar con la acción de la justicia y debe garantizar que las redes y servicios se utilizan dentro de la legalidad. En la sociedad real, el dueño de un establecimiento abierto al público puede ser responsable civil del daño causado por los delitos que pudieran cometerse en el mismo, especialmente si pudo haberlo evitado.
JV: La neutralidad de la red es un principio fundamental para la democracia y la libertad. Los contenidos de internet son datos y ni los proveedores ni nadie tiene derecho a espiarlos a no ser por sospecha fundada de delito y bajo las garantías legales correspondientes.
¿El lucro es un límite adecuado para cerrar una web?
JMT: El ánimo de lucro debe ser un requisito para la vía penal. El cierre de una web puede resultar una medida cautelar dentro de un procedimiento civil para evitar la continuación de un daño, tal y como prevén las leyes.
JV: Definir lucro sobre qué es uno de los problemas fundamentales de la nueva economía digital y de los contenidos. ¿Lucro sobre la copia que no está en los servidores de las webs perseguidas? ¿Por facilitar la relación entre usuarios? ¿Sobre la búsqueda de información en internet?. Entonces supongo que bloquearán Google, Yahoo, Microsoft, Tuenti, y demás buscadores, foros y redes sociales, porque en sus páginas se encuentra información para las descargas.
El lucro de la mayoría de estas páginas no es sobre las obras ni la copia, sino por los servicios de información y relación que prestan. También tendrán que cerrar algunos medios como webs de diarios y revistas que informan dónde encontrar las descargas.
¿Debe ser un órgano administrativo y no un juez el encargado de los cierres?
JMT:Me parece apropiado cualquier procedimiento que sea eficaz y ágil.
JV: Los ciudadanos deberían mantener sus derechos fundamentales, incluida la presunción de inocencia. En España las descargas no son delito, sino un ilícito civil, un conflicto económico entre autores y público. Pero esa vía administrativa ha sido abierta legislativamente en España y en Europa.
Nos la jugamos, y cómo.
¿Tenemos algo que ganar persistiendo con el modelo anterior? Viendo la raquítica industria de contenidos nacional, más bien poco. Aunque pagáramos todos los contenidos que consumimos, la industria nacional se vería más bien poco beneficiada. Seguiría necesitando subvenciones para sobrevivir, directas o indirectas (canon).
Pero estamos perdiendo mucho por seguir con ese modelo. Porque es evidente que todo cambio social conlleva oportunidades económicas, y las estamos desaprovechando. Al final, serás otros los que se aporvechan del cambio de modelo.
Por mi cuenta no, Gonzalo, también interpelado por Público. http://www.publico.es/ciencias/221129/proveedores/derecho/espiar
En todo caso, lo relevante creo que es la diferencia de criterios y visión, como bien dices.
Juntas es más terrible que por separado.
Tiene usted razón. Cosas de la lectura entusiasta. Ya está corregido.