Punto de giro

En la técnica de escritura de guiones, y dicho lo más simplificadamente posible, se denominan puntos de giro a sucesos dentro de la trama que suponen un vuelco en el destino de los personajes. De esa forma, se separan los tres actos clásicos de los que se componen las historias: planteamiento, nudo y desenlace. La sentencia barcelonesa sobre las redes P2P, con una redacción moralmente ejemplar, con un conocimiento de lo que es una red P2P aún más notorio y explicado con una claridad meridiana, es un punto de giro. Como bien señala David Bravo qué puede decir un Gobierno y un entramado de influencia política como el de La Coalición y sus financiadores cuando pretenden imponer sistemas de control administrativo de una actividad que llaman ilícita y que los propios jueces declaran legal. La batalla política, las presiones y el trabajo de la apelación que llegará, van a ser épicos. No están las televisiones a estas horas abriendo con el drama político que se avecina, pero nada será igual. Mientras, unos cuantos serios, rigurosos y no sospechosos abogados llaman la atención sobre una incorrecta interpretación de la ley. En Menéname, el público grita ¡es legal! ya os lo decíamos. Pero lo que realmente ocurre es que el problema no reside en la interpretación de las leyes, sino en qué leyes han de ser. Y no son estas. Para otro punto de giro.
El P2P es legal siempre y cuando no exista ánimo de lucro por parte del webmaster como en este caso, que no hay lucro vía suscripción o publicidad.
El P2P es ilegal cuando hay ánimo de lucro.
Pero bueno es mejor decir que el gobierno es un opresor, etc…
Lo que dice la sentencia es todavía más sofisticado. Por eso los especialistas en derecho de propiedad intelectual están señalando las debilidades de la interpretación que ha hecho el juez de la ley en una cuestión como el acceso a los archivos o el hecho de que es una puesta a disposición colectiva.
Pero el error es enzarzarse en si la actividad del intercambio de ficheros es legal o no y cuándo lo es: la cuestión es que no podemos seguir teniendo leyes que no dejen claro que el intercambio de archivos debe ser libre. Una legislación que avance en la reducción de las restricciones del copyright – y de las patentes – hasta llegar al libre uso de los conocimientos y creaciones.
Este episodio es importante porque, como decían los clásicos, introduce contradicciones en el sistema: con su misma ley, hay un cuerpo de juristas que encuentra interpretaciones diferentes a las que quiere el sostenimiento del modelo de negocio de las copias.
Como puedes observar por movimientos como el ACTA, toda la legislación sancionadora de descargas, las actitudes públicas de las entidades de gestión (eso de que cambiamos la ley, ponemos el canon y, si no funciona, lo volvemos a cambiar, da igual la voluntad ciudadana) la cuestión es cambiar la ley a toda costa para que internet pueda ser controlado. Lo que nos lleva a lo contrario: cambiar la ley para que no pueda ser discutido el acceso libre a las ideas.
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