Una mirada rara a la causa de Pablo Herreros
6 noviembre, 2011 – 17:18 | 18 Comentarios

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De la convergencia tecnológica, a la convergencia legal: ¿será bueno?

Escrito por el 16 abril, 2011 – 10:532 Comentarios
De la convergencia tecnológica, a la convergencia legal: ¿será bueno?

En Canadá, un grupo de ejecutivos de la industria de la televisión piden que Netflix y los servicios online contectados la televisor se someta a las mismas regulaciones de contenidos que tiene el mundo de la televisión y el broadcast tradicionales. ¿Tarde o temprano tenía que llegar esto? Uno supone que sí, especialmente cuando – por supuesto desde mi punto de vista – muchas regulaciones de los negocios audiovisuales creadas con la sana intención de hacer un mundo mejor (protección a minorías, defensa contra el mal gusto, producción local…) terminan por convertirse en excusas para impedir la competencia. El mismo diario canadiense que publica la noticia hace expreso el mensaje de que estos servicios son percibidos como competidores. Competir, compiten; caramba. Pero no todo el mundo disfruta de la fuerza de una licencia de broadcast, que es cosa muy jugosa. Michael Geist, un conocido militante por la reforma de la propiedad intelectual en Canadá, llama la atención de que las mismas preocupadas empresas que ahora exigen esta regulación, la rechazaban no hace tanto pues no las veían como competidoras, sino como complementarias o auxiliares. Las citas que emplea para ilustrar su artículo son una muestra más de una valoración sobre la posición competitiva de cada medio y una posible amenaza lobbística para acelerar cambios de leyes antes de lo previsto.

Dado que Netflix abrió su servicio canadiense en septiembre, la velocidad del cambio de percepción de los servicios online no deja de ser sorprendente, y quizá esta petición debiéramos verla como un hito más en la transformación de esta industria motivada por la disrupción tecnológica brutal que suponen las redes. Para el modelo tradicional de entender el mundo audiovisual, desde el momento en que Netflix se ha lanzado ya a la producción original (aunque sea en otro país) estamos ya ante un proceso en el que la convergencia técnica y de contenidos para ofrecer una experiencia a la medida del usuario (donde quiera, cuando quiera, con el dispositivo que quiera y con quien quiera vía redes sociales) se traslada ya a la convergencia normativa: si te comportas como una tele, te regulo como una tele. Otra cosa es si replicar los modelos del mundo de la escasez – el espectro – son los correctos, justos y necesarios en el mundo de la abundancia – la red y el ancho de banda «ilimitado».

Porque las cuestiones que abre para considerar son bastante interesantes: si somos iguales y compito contigo, según me dices, en una situación que amenaza tu posición ¿no es bien cierto que contar con el espectro es una ventaja competitiva a la que no estás dispuesto a renunciar? El mundo del cine español siempre ha argumentado, por ejemplo, que contar con un espacio de titularidad pública concedido gratuitamente (aunque se pague una cuota anual) y concedido en un concurso de belleza (esto lo añado yo) justificaba la introducción de obligaciones de producción hacia los productores locales que, ciertamente, existen y deben cumplirse. En ese entorno, las autoridades españolas han venido anunciando desde que llegó el anterior director del ICAA y confirmado por el actual, que se plantea seriamente el computar los visionados online dentro de los cálculos de las subvenciones al cine en lo que tienen que ver con el número de espectadores.

Las preguntas son por lo menos dos. ¿Regular igual para los dos mundos será bueno? No suena bien que se mantengan marcos restrictivos de competencia en entornos donde – neutralidad de la red y su eliminación aparte – lo que precisamente se suprimen son barreras de entrada muy determinantes que hace que no exista un gatekeeper que decide quien puede arriesgarse a emitir un contenido y quién no. Por otro lado, ¿puede mantenerse que si las dos cosas empiezan a ser lo mismo, sólo valga para unos circuitos y no para otros? Por ejemplo: si produzco un largometraje directo para la red y prescindo de las salas de cine ¿tengo el mismo derecho que todos los demás a solicitar las ayudas de amortización? Las paradojas y conflictos que se abren o se pueden abrir en un horizonte cercanos, no se me antojan pequeñas.

Créditos: la imagen pertenece a la galería de Keaggy.com y está distribuida con licencia CC.

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