La popularidad de la demanda de Telecinco contra YouTube ha creado un interés antes poco habitual en poner cara y ojos a los gestores de YouTube en España. Sometido el asunto de la viabilidad legal de la presencia de contenidos de las televisiones en un sitio para compartir vídeo a los tribunales, las paradojas y sutilezas legales son, en realidad, casi todo. Que YouTube no exista en España aún siendo gestionado por el que es su propietario en un ciento por ciento, no se si mueve a la sonrisa o a la consulta de un manual de derecho para ver dónde la perplejidad se convierte en realidad.
Recuerden que Jeff Zucker – el jefe de la NBC – daba un buen argumento acerca de la capacidad de YouTube para retirar los contenidos protegidos con derechos: si son capaces de hacerlo con el porno, serán capaces de hacerlo con sus series. Así, el nudo gordiano (al menos intelectual) de la cuestión es si las herramientas que YouTube pone en manos de los usuarios para filtrar y evitar la inclusión de contenidos no deseados son suficiente garantía de protección de derechos o el sustituto de la debida vigilancia de un uso inapropiado. A las tesis de que no existen en España (sic) y de que se pone a disposición de todo el mundo medios para evitar la presencia de contenido parece que serán los núcleos esenciales de defensa… de la demanda fantasma… pues recuerden que la posición oficial es que no se ha recibido nada de nada.
¿Ha cambiado la tesis? El titular de la entrevista que El País dedica a María Farreras (que habló en su día para La Nueva Industria Audiovisual) es «Telecinco ha preferido acudir a la justicia en vez de usar nuestras herramientas», que leído así, podría significar que, ahora sí, YouTube se encuentra en manos de la justicia. Las declaraciones interiores son mucho más matizadas, porque el titular, escrito de esta forma, es pura dinamita: parece implicar que la gente hace mal en ir a los tribunales cuando cree que sus derechos se ven lesionados. Esta es la explicación completa:
Para nosotros es curioso porque acude a la justicia para conseguir algo que puede conseguir sólo con dirigirse a nosotros. Les hemos ofrecido herramientas cien por cien gratuitas a disposición de cualquiera. Negarse a utilizar estas herramientas es como usar un arado en lugar de un tractor. A los primeros que no les interesa que se vulneren los derechos de autor es a nosotros. Creemos que utilizar la justicia para algo que se puede conseguir de manera gratuita no tiene demasiado sentido. Los usuarios están avisados y saben que esos contenidos no son bienvenidos. Vamos más allá de lo que pide la ley. No esperamos a una orden judicial para retirar algo, basta con que el dueño nos lo indique.
El gran manitú de la propiedad intelectual en Google ha dejado de bloguear argumentando que la interpretación que se está haciendo del derecho de propiedad intelectual ha mutado desde su sentido original (el fomento de la creación) a la protección de modelos de negocio caducos (gracias, Andy). No seré yo el que no diga que no comparte esta afirmación y el caso Telecinco vs YouTube viene a confirmar esta disparidad de conceptos. Disparidad que, no obstante, requiere una serie de aclaraciones y seguramente reformas profundas de esta rama del derecho. ¿Una apuesta? A la vista de las nuevas ofensiva de la Unión Europea contra el P2P, entramos en el espectáculo de si la red podrá más que las prohibiciones jurídicas y la entrada en juego de los ISP del lado… de las tesis de control. Yo pienso que el resultado final será un entorno legal que siga siendo restrictivo para la copia pero que, por obra y gracia de la audiencia y de los nuevos modelos de negocio, serán los propios titulares de derechos los que renuncien a su protección a la antigua manera en busca de la mayor difusión posible. Mientras, en demandas como ésta y la de Viacom, se empieza a definir el futuro.
Más cosas de la entrevista son interesantes. Por ejemplo, YouTube confirma que sí puede hacer una política activa de filtrado de contenidos:
Los términos de uso son generales pero son los mínimos. Tratamos de adaptarnos pero con cuestiones de niños nuestra tolerancia es cero. Culturalmente, nos adaptamos a los países. Lo que es un lugar se permite, en otros somos más restrictivos.
En el caso de los toros depende del momento. Procuramos un equilibrio entre la libertad de expresión y el respeto. Si se trata de un pase, no hay ningún problema. Si le está clavando la espada al toro, seguramente se considere lesivo en otros países. En Alemania tenemos especial cuidado con los símbolos nazis, aunque sea una imagen de fondo, se elimina.
O el espectacular doble rasero de las propias televisiones (en realidad, en la crisis del modelo actual de propiedad intelectual, lo que prevalece es una gran hipocresía):
P.: Las televisiones emiten contenidos de YouTube con mucha frecuencia, ¿se ponen en contacto con ustedes?
R.: No, claro que no. Supongo que lo harán con los usuarios que los crean, porque los derechos son de ellos. Nosotros no tenemos los derechos de los vídeos. Cuando una televisión los quiera emitir les debe pedir permiso a ellos.
P.: Es evidente que no lo hacen.
R.: En ese caso, el usuario tendría que ponerse en contacto con ellos. El hecho es que nosotros no concedemos el derecho a ninguna televisión para usarlo.
A lo mejor, lo que tenía que titular es que «You Tube confirma la doble moral con respecto a los contenidos». Todo esto, por supuesto, antes de la letra pequeña jurídica… pues los usuarios de YouTube parecen decididos a que su vídeo llegue a todas partes de antemano y sin pedir dinero por ello.