Mañana, el cánon
Mientras el Partido Popular deshoja la margarita de lo que será o no será su posición con respecto a un mecanismo decididamente pobre, poco claro y con bastante de inmoral (que me perdonen) para la retribución del trabajo intelectual, hay un aspecto poco tratado de sus consecuencias y que tienen que ver con el funcionamiento de parte de la industria audiovisual. Esta cita de El País a la que llego a través de Enrique Dans, merece comentario. Dicen los representantes de las entidades gestoras de derechos lo siguiente para acumular razones para dar por bueno el cánon:
…compensándoles por la «pérdida de ingresos y permitiendo la financiación de actividades asistenciales y promocionales para los creadores que son esenciales para el fomento de la creatividad»
El rasgo apenas comentado se refiere a la expresión «asistencial». Mi interpretación personal es que el concepto asistencial esconde una estrategia deliberada de inmiscuirse en toda la cadena de valor de la producción artística, como demuestra la constitución de sociedades que bajo la forma de dar educación mantienen estudios de grabación de imagen y sonido con instalaciones de servicios equiparables a los mejores que el sector privado financia con sus propios recursos y teniendo que ganar clientes.
La compra de teatros para realizar actuaciones en conjunto con la creación de escuelas y la prestación de servicios «a los socios» abre un interrogante importante que está fuera del debate: incluso aceptando que el cánon fuera un buen método de retribución, ¿qué tienen que hacer las sociedades de gestión con el dinero recaudado? La ley les faculta e incluso les obliga a dedicar dinero a la promoción de las artes por las cuales recaudan pero, ¿cómo han de hacerlo?.
Constituir fundaciones y sucesivamente sociedades limitadas para prestar servicios que la sociedad realiza sin una fuente de ingresos cautiva y producto del carácter especial de entidades semipúblicas que tienen las sociedades de gestión, supone, en mi opinión, algo como mínimo discutible: cualquier servicio que preste una sociedad de gestión financiado de modo directo o indirecto gracias al cánon no tiene que responder frente a unos accionistas luchando por su rentabilidad y la defensa de su patrimonio.
Los artistas y creadores representados pos sus sociedades de gestión piden una prebenda pública para financiar su trabajo. Razonable o no, cabría solicitar que el mismo interés que ponen en su defensa insistiendo en sus beneficios para la sociedad, se pusiera en rendir cuentas de cómo un dinero que se recauda como una forma de impuesto tenga la misma transparencia exigible a todas las administraciones públicas y empresas que cotizan en bolsa, por poner un ejemplo. Es lo que tiene la condición de «público» (una empresa cotizada es pública: no en el sentido de la propiedad, sino en el sentido de que cualquiera puede ser su propietario, lo que exige reglas de juego limpio).
Es decir: la sociedad debe saber cuánto de lo recaudado va a los artistas y en qué cantidades, cuánto se gasta en actividades empresariales (aunque se presenten sin ánimo de lucro) y qué se recauda por ellas y, por último, deberían exigirse controles para saber, como sucede en tantas actividades de la vida, cuándo lo público (insisto en que hablamos de dinero recaudado por una disposición legal, no por la venta de servicios) está subvencionando injustamente actividades empresariales que YA presta el sector privado. La UE tiene una regulación estricta sobre lo que es ayuda de estado y lo que no. Desconozco si es aplicable desde un punto de vista jurídico, pero nadie puede negarme que el hecho de que sociedades de gestión de derechos amparadas en una tasa o impuesto forzado por la ley inicien actividades empresariales al márgen de su razón de ser es una ayuda de estado indirecta: se trataría de organizaciones que pueden poner los precios que quieran y asumir pérdidas que una empresa que actúa libremente en el mercado no puede hacer. Y eso no es precisamente lo asistencial.
Mañana es un día importante.