Viacom vs YouTube: qué le importa a la industria de contenidos del fallo
La ya por todos conocida interpretación que el juez Stanton ha realizado de la Digital Millenium Copyright Act (DMCA) constituye, qué duda cabe, por parcial que sea ante la apelación anunciada, un soplo de aire fresco para una visión de un internet que permanezca si no abierto, al menos un menor espacio para restricciones. Más en un momento en el que la ofensiva internacional por el control de la red es más intensa que nunca. La gran prensa financiera ha advertido también que el resultado del juicio despeja – ¿al fin-? la propia viabilidad futura de YouTube.
Lo que hace la sentencia es muy simple: si no te notifican de modo claro (fehacientemente, supongo que dirían los abogados españoles) que un contenido no tiene autorización para su difusión no sólo no tienes que retirarlo, sino que la publicidad que asocies al contenido no es en ningún caso un enriquecimiento ilícito. Es decir: que suban cualquier cosa, yo ganaré dinero, y cuando me lo digas, lo retiro. Por tanto, ¿qué motivación tienen los servicios de agregación de vídeo para poner todo su empeño en invertir en costosas tecnologías de identificación de vídeo no autorizado si puedo esperar al aviso de retirada? Como ya sucede en el caso de Megavideo – y, a la inversa, seguramente en el caso de una conocida cadena de televisión española – mientras se reciben las peticiones de retirada de un archivo, nuevos archivos con el mismo contenido se están subiendo a la espera de… una nueva notificación.
Es indudable que el poder de negociación que confiere a cualquier agregador con tráfico sobre los proveedores de contenidos es verdaderamente grande para conseguir que los titulares de derechos tengan que tener acuerdos con los distribuidores sí o sí, no sólo para evitarse el cansino y prolongado coste de estar pidiendo retiradas, sino para no perderse nada de los ingresos que puede generar el repositorio de contenido. Mucho más para YouTube, que ya pone a disposición de los titulares de derechos su conocida tecnología de identificación de los contenidos y que se presentaría como un interlocutor preferente, ya no sólo por su tráfico, para llegar a acuerdos comerciales más interesantes que los actuales. En definitiva, podemos con todos los parabienes relajarnos en nuestro celo por proteger tu contenido antes de que nos lo digas, así que mejor dímelo ya y lleguemos a un acuerdo… con todo lo que tengas.
¿Cómo afecta esto al resto del mundo o, por lo menos, a nuestro entorno jurídico? Derecho en Red ha realizado ya un análisis de la sentencia norteamericana y efectúa una comparativa con la legislación europea que responde al mismo espíritu que la DMCA. Prematuro como es extraer consecuencias para el entorno local español, parece pertinente hacerse ya la pregunta de si este tipo de interpretación tiene consecuencias políticas para la conocida como Ley Sinde: ¿pueden cerrarse sitios de antemano cuando la doctrina internacional camina por la notificación a los servicios y cuando en muchas webs sólo existen enlaces y bajo la premisa de que no existe un enriquecimiento ilícito? Seguramente necesitemos la corroboración por parte del tribunal que reciba la apelación de la primera interpretación, pero dado que los derechos más importantes del mundo están en propiedad de compañías norteamericanas y que YouTube es la referencia por tráfico y marca cabe pensar en que la puesta a disposición de servicios online de contenido se acelere de muchas formas. No es que no tengan políticas sobre ello, sino que los planteamientos tecnológicos y de monetización – esos mínimos garantizados – seguramente cambiarán.
¿Qué otras cosas cabe esperar de la consolidación de esta doctrina? Conocida la política de defensa de sus intereses de los grandes propietarios de derechos – Viacom vuelve a llamar robo a la presencia de sus contenidos en YouTube – a mi no me sorprendería la siguiente evolución:
- iniciar procesos de presión y reforma legislativa para, como se acordó en una serie de principios para la convivencia con las empresas de cotenido generado por el usuario allá en 2008 y a los que no se sumó YouTube, se identifique al usuario que sube el contenido y sea baneado y posiblemente enjuiciado si reitera en su actitud de subir contenidos protegidos.
- acelerar lo que ya es una realidad, el empleo de la tecnología para controlar el contenido y ofrecer licencias baratas con usos limitados y que garantizan que el usuario particular puede emplear músicas y clips de vídeo. El acuerdo de YouTube con Ramblefish es un ejemplo de cosas que deberían seguir ocurriendo.
¿Y qué sucede con «la causa general contra el copyright» y la legislación sobre «protección de ideas y conocimientos»? Las demandas obligaron, como pudo comprobarse posteriormente cuando Viacom divulgó los documentos empleados durante su juicio, a que YouTube – y no sólo ellos – pusieran todo el empeño en el cumplimiento de la legislación actual sobre propiedad intelectual. El caso de la retirada de las remezclas que los usuarios realizaron sobre El Hundimiento y la cada vez más frecuente situación (al menos, en mi experiencia personal) de vídeos que han sido retirados en pocas horas o días del mismísimo YouTube, demuestran la pervivencia en la legislación – esa que Google se apresta a hacer cumplir como parte de su nueva posición central de distribuidor de contenidos de vídeo – en la que, como Larry Lessig nos enseñó, persiste el control de la creación por parte de unos titulares de derechos prestos a impedir cualquier tipo de innovación o a evitar los usos alternativos del contenido que no pasen por su curiosa y desquiciante política de licencias: la cultura libre no es sólo cultura libre es, después de todo, mercado libre.
¿Es lo que ha sucedido y puede definitivamente suceder algo parecido a lo que sucedió con los intentos de impedir las grabaciones de televisión en el vídeo casero? Por Tutatis que Hollywood quiso acabar con ello en medio de profecías y sentencias apocalípticas sobre la propiedad, etc. etc. y no ha pasado nada que dañe su poder como puede observarse cada día. La carencia de una reformulación de lo que debe ser un nuevo pacto social entre creatividad, comunicación y comercio, persiste.
[…] This post was mentioned on Twitter by Gonzalo Martín, jaime estévez. jaime estévez said: RT @Gonzalomartin: ¿Qué le importa a la industria de contenidos de la victoria de YouTube sobre Viacom? , Post http://ow.ly/23MBI […]
«la cultura libre no es sólo cultura libre es, después de todo, mercado libre»
No va a ser fácil!
[…] YouTube) el avance de un uso cada vez más libre de los contenidos parece inevitable. No sólo tras la sentencia del Viacom vs YouTube, sino porque se va a hacer difícil decirle a la gente que si le pides que aporte para conseguir tu […]
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