Usualmente, la tentación es denominar ladrones a quienes pensamos de otra manera. Pero hay elementos, muchos, del ordenamiento de lo que llamamos propiedad intelectual que, como mínimo, y sin necesidad de ser abolicionista (uno, filosóficamente lo es, el camino para hacerlo es un debate nada trivial), merecen discusión y debate social serio. Por ejemplo: “en Estados Unidos todo conocimiento que surja de una agencia gubernamental es del dominio público excepto los delicados para la seguridad y defensa. En España no es así y es costoso que instituciones culturales basadas en dinero público liberen sus datos para que estén disponibles para todos.” Cineastas, recordad quién ha pagado el NO-DO, que queda mucho documental por hacer.
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Dejadnos discutir y replantear la propiedad intelectual
Comentarios desactivados en Dejadnos discutir y replantear la propiedad intelectual“Una práctica legal” (que nos lleva hasta Ramoncín)
Comentarios desactivados en “Una práctica legal” (que nos lleva hasta Ramoncín)Hay varios relatos estos días sobre el intento de Sgae de poner coto a una práctica que, al parecer, perturba el espíritu del derecho de autor. El que me interesa para esta nota es el comentario que publica el diario El País y que deja claro en un excelso paréntesis la cuestión: que se trata de una práctica legal. Resumido: las televisiones han de pagar mucho dinero por las músicas y han buscado mecanismos para recuperar parte del dinero pagado creando sus propias editoriales para emplear música que se compone y/o arregla a su medida en determinados programas que podemos llamar residuales. Y eso acapara una importante parte de los pagos hasta el punto de que viejas leyendas del rock en español son capaces – ahora y no por ser estrellas – de ganar mucho dinero por algo calificado de basura (cuando se emplea este término, uno sospecha: suele significar que alguien se presenta como valedor moral de algo que suele suponer prohibir a los demás que tengan su propio criterio). El caso me recuerda unas declaraciones del tipo más odiado en las guerras contra la Sgae (recuerden: contra ella vivíamos mejor), el señor Ramón Márquez Martínez, al que todos conocemos como Ramoncín, y que en 1985 decía: “He sufrido muchas veces el festival de Eurovisión. Antes nos reuníamos todos para ver a Raphael cantar aquello de Yo soy aquél. Ahora, ya no. Pienso que es un festival negativo, deprimente, lamentable, de una calidad musical ínfima. Suelen ser canciones hechas por un ejecutivo de una multinacional del disco, y lo único que interesa es cobrar mucho y cobrar por la Sociedad de Autores. Hay que tener en cuenta que cada una de estas canciones se emite por televisión más de 200 veces y se radia machaconamente. Es mucho dinero el que se cobra por esto. A mí me parece un negocio impresentable”. Dudo que se pueda criminalizar algo que la ley permite, pero ambos ejemplos ponen en tela de juicio lo que el sistema vende: que se trata de una práctica para garantizar que eso que elevadamente se llama la cultura se salve, se mantenga y cosas parecidas. Por no hablar del doble juego de los protagonistas (en este caso, las televisiones): unas veces se actúa de modo defensivo frente a los síntomas de coacción pero, en otras, se trata de coaccionar a los demás. Hay algo que no funciona en el discurso oficial ni siquiera en sus propios supuestos. No hay nada de nuevo, pero todos estos ejemplos lo que sugieren es que lo que conocemos como derecho de autor no es más que un juego administrativo destinado a la recaudación por la recaudación y que ha perdido el sentido de su finalidad. Mientras, las reformas legales lo que tratan de perpetuar es este sistema. No es sorprendente. Abogados y ejecutivos viven de intermediar todo esto. La reforma, pues, pasa por librarnos de ello, que es justamente la agenda pirata.
Por qué la tesis del equilibrio es poco creíble o, simplemente, incorrecta e injusta
Comentarios desactivados en Por qué la tesis del equilibrio es poco creíble o, simplemente, incorrecta e injustaEs frecuente escuchar a la máxima responsable gubernamental de la cultura oficial de este país que es necesario establecer un equilibrio entre los derechos de los autores y los derechos de los internautas. Es difícil oponerse a una frase así porque, de hecho, es la intención original de la legislación del copyright: conceder un privilegio temporal para estimular la creación cuyo fin último es el mejoramiento de la sociedad en su conjunto por su libre circulación. Mientras la cuestión del canon no se resuelve a pesar del desastre judicial, mientras se incrementan por doquier los controles a la red, el próximo paso de las grabaciones de los grandes éxitos musicales de los años sesenta al dominio público desencadena una nueva ofensiva para extender los derechos de las grabaciones: es decir, el equilibrio se rompe siempre por el mismo lado, el de la sociedad: “El uno de enero de este año (2011), las obras de Paul Klee […] y de F. Scott Fitzgerald […] pasaron al dominio público – setenta años post mortem auctoris. Aún cuando las obras de Klee y Fitzgerald indudablemente tienen todavía un enorme valor de mercado, ningún lobby ni gobierno se ha levantado para argumentar la extensión de sus derechos”. La cuestión de las descargas que tanto aterroriza debe verse (también por muchos internautas que no acaban de entender sobre lo que protestan) en un marco de creación de equilibrios nuevos y no proponiendo un desequilibrio permanente. Si los derechos siempre se extienden hurtándose del dominio público se produce una apropiación de facto del conocimiento. Ruego que, en ese caso, no me hagan proselitismo pidiendo que los respete.